La baja voluntaria implica que usted renuncia a su puesto de trabajo, y esto, tiene varias consecuencias que merece la pena conocer, antes de decir adiós a la empresa.
La primera consecuencia, consiste en que no tendrá derecho a la prestación contributiva por desempleo, a la que acceden todas las personas que hayan trabajado legalmente durante tres meses si tienen responsabilidades familiares y seis meses si no las tienen.
La segunda consecuencia, es que no recibirá la indemnización a la que tienen derecho los trabajadores cuando los despiden sin una justa causa.
Y la tercera consecuencia, tiene que ver con la imposibilidad de demandar judicialmente a la empresa por la improcedencia del despido.
En este punto, debe tener claro que el hecho de presentar su baja voluntaria, no afecta a su liquidación, es decir, a lo que la empresa le adeuda por salario, vacaciones no disfrutadas, horas extras, entre otros.
Esto significa que, la baja voluntaria le impide demandar a la empresa por el despido, pero sí puede reclamar judicialmente por las cantidades salariales que le adeude.
Teniendo en cuenta lo anterior, si usted no tiene interés en irse de la empresa y ésta ejerce algún tipo de presión para que presente su baja voluntaria, NO ACCEDA.
Si la empresa no quiere contar más con su prestación de servicios deberá proceder a despedirla, pero, en ningún caso, presionar para que sea usted quien se vaya, pues perdería la indemnización y la prestación por desempleo si le correspondiera.
En caso de sentirse presionada para dejar su puesto de trabajo, lo mejor será contactar con un abogad@ laboralista.